Retención de dividendos - Cuentas en Participación
Clase de trámite: Fiscal

Actividad: Común

Naturaleza:
Deberá practicarse retención en concepto de pago a cuenta del impuesto correspondiente al perceptor respecto de las rentas derivadas de la participación en fondos propios de cualquier tipo de sociedad.

Observaciones:
El gestor deberá cumplir los mismo requisitos formales que correspondan a la forma jurídica adoptada.
El gestor deberá retener el 25% de los rendimientos de capital mobiliario con respecto a los rendimientos del participe.
Las retenciones e ingresos a cuenta se practicarán conforme a la forma jurídica adoptada.
Este trámite también se puede efectuar a través de entidades colaboradoras.



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